viernes, 19 de febrero de 2010

INTRODUCCION

El maltrato de la mujer se define como cualquier tipo de comportamiento violento ejercido sobre una mujer por parte deun hombre que mantiene (o ha mantenido) una relación íntima con ella. En el comportamiento mencionado se incluye:maltrato físico, sexual y emocional, así como el control económico y/o el aislamiento de la víctima .El maltrato de la mujer debe entenderse como una enfermedad crónica. Si bien hay casos aislados de mujeres que encuanto son víctimas de maltrato por parte de su pareja logran detenerlo, en la mayoría de los casos la violencia se mantieneen el tiempo y forma parte de la vida diaria en la pareja.

martes, 9 de febrero de 2010

¡la mujer incondicional!


Dice un dicho “Amar, cuán bello es amar”, y tiene razón, porque amar es la causa o razón más poderosa que tendría una mujer para armar mil formas de querer y hasta de inventarse amores de necia fantasía y montarlos en castillos construidos en el aire, rodeados de hermosos jardines de ilusión, pero…

No importando cuán efímero sea el momento, hay mujeres que les gusta vivir dentro de esa burbuja tan frágil, endeble, delicada, riesgosa y a la vez peligrosa para atreverse a forjar sueños de cristal que pueden romperse en mil pedazos en cualquier momento.

Entonces, cuando el amor se vuelve un capricho, la mujer no sólo se convierte en una mofa humana con ojos insensibles, sino en una “cosa incondicional”, cegada por la obsesión enfermiza de un amor adulterado por todos los rincones de su estructura ósea.

Y en ese estado tan lamentable, no es raro encontrar casos como el de una mujer que deforma su amor y devalúa sus propios sentimientos, los abarata, los pone en oferta y hasta se ofrece incondicionalmente al primer hombre que le muestra cualquier detalle o gesto de amabilidad, o sucumbe ante los halagos traicioneros.
Ese tipo de mujeres, están tan necesitadas de afecto, tan desamparadas emocionalmente, que caen muy fácil en las manos del hombre oportunista vividor, que es capaz de hacer con ellas, lo que se les da la gana, y una vez satisfechos sus instintos machistas, sin tocarse el corazón también las desechan de sus vidas como si fueran “trapos sucios” que ya no sirven para nada.
Mujeres hay millones que viven condicionadas por el hombre y acondicionadas por sus propios sistemas de vida. Mujeres que de verdad no meten las manos, ni abren la boca para defenderse ni para rescatar sus derechos, ¿será acaso que no conocen cuáles son sus derechos?….



DERECHOS DE LA MUJER

PRIMER ARTÍCULO
La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos.Las distinciones sociales sólo pueden estar fundadas en la utilidad.

SEGUNDO ARTÍCULO
El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles de la Mujer y del Hombre; estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia a la opresión.

TERCER ARTÍCULO
El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación que no es más que la reunión de la Mujer y el Hombre: ningún cuerpo, ningún individuo, puede ejercer autoridad que no emane de ellos.

ARTÍCULO CUARTO
La libertad y la justicia consisten en devolver todo lo que pertenece a los otros; así, el ejercicio de los derechos naturales de la mujer sólo tiene por límites la tiranía perpetua que el hombre le opone; estos límites deben ser corregidos por las leyes de la naturaleza y de la razón.

ARTÍCULO QUINTO
Las leyes de la naturaleza y de la razón prohiben todas las acciones perjudiciales para la Sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, prudentes y logicas, no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no ordenan.

ARTÍCULO SEXTO
La ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos deben participar en su formación personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos; todas las ciudadanas y todos los ciudadanos, por ser iguales a sus ojos, deben ser igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según sus capacidades y sin más distinción que la de sus virtudes y sus talentos.

ARTÍCULO SÉPTIMO
Ninguna mujer se halla eximida de ser acusada, detenida y encarcelada en los casos determinados por la Ley. Las mujeres obedecen como los hombres a esta Ley rigurosa.

ARTÍCULO OCTAVO
La Ley sólo debe establecer penas estricta y evidentemente necesarias y nadie puede ser castigado más que en virtud de una Ley establecida y promulgada anteriormente al delito y legalmente aplicada a las mujeres.

ARTÍCULO NOVENO
Sobre toda mujer que haya sido declarada culpable caerá todo el rigor de la Ley.

ARTÍCULO DÉCIMO
Nadie debe ser molestado por sus opiniones incluso fundamentales; la mujer tiene el derecho de subir al cadalso; debe tener también igualmente el de subir a la Tribuna con tal que sus manifestaciones no alteren el orden público establecido por la Ley.

ARTÍCULO UNDÉCIMO
La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciosos de la mujer, puesto que esta libertad asegura la legitimidad de los padres con relación a los hijos. Toda ciudadana puede, pues, decir libremente, soy madre de un hijo que os pertenece sin que un prejuicio bárbaro la fuerce a disimular la verdad; con la salvedad de responder por el abuso de esta libertad en los casos determinados por la Ley.

ARTÍCULO DUODÉCIMO
La garantía de los derechos de la mujer y de la ciudadana implica una utilidad mayor; esta garantía debe ser instituida para ventaja de todos y no para utilidad particular de aquellas a quienes es confiada.

ARTÍCULO DECIMOTERCERO
Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, las contribuciones de la mujer y del hombre son las mismas; ella participa en todas las prestaciones personales, en todas las tareas penosas, por lo tanto, debe participar en la distribución de los puestos, empleos, cargos, dignidades y otras actividades.

ARTÍCULO DECIMOCUARTO
Las Ciudadanas y Ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o por medio de sus representantes, la necesidad de la contribución pública. Las Ciudadanas únicamente pueden aprobarla si se admite un reparto igual, no sólo en la fortuna sino también en la administración pública, y si determinan la cuota, la base tributaria, la recaudación y la duración del impuesto.

ARTÍCULO DECIMOQUINTO
La masa de las mujeres, agrupada con la de los hombres para la contribución, tiene el derecho de pedir cuentas de su administración a todo agente público.

ARTÍCULO DECIMOSEXTO
Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de los poderes determinada, no tiene constitución; la constitución es nula si la mayoría de los individuos que componen la Nación no ha cooperado en su redacción.

ARTÍCULO DECIMOSÉPTIMO
Las propiedades pertenecen a todos los sexos reunidos o separados; son, para cada uno, un derecho inviolable y sagrado; nadie puede ser privado de ella como verdadero patrimonio de la naturaleza a no ser que la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija de manera evidente y bajo la condición de una justa y previa indemnización.

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